Un colectivo de orientadores de Vallecas, Madrid, ha realizado un escrito a la Comunidad de Madrid exigiendo que sea tenido en cuenta, en la más que previsible publicación del Reglamento Orgánico de Centros, las especiales características de la Orientación en los centros de Secundaria.
Las peticiones son de lo más elemental y tienen que ver con nuestro trabajo. Aquí están:
No se han definido materias optativas afines en la legislación al efecto, desde el Real Decreto 1701/1991, de 29 de noviembre (BOE de 2 de diciembre de 1991) hasta la Resolución de 27 de junio de 2007, de la Dirección General de Ordenación Académica, sobre la optatividad en la educación Secundaria Obligatoria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.C.M. 16-8-2007) en la que no aparece ninguna asignatura que se asigne a la especialidad mencionada.
Ante esta situación,
en los centros se suelen asignar diferentes materias para impartir, en función de las necesidades del centro, y las más de las veces de los intereses y deseos del resto de profesores y Departamentos Didácticos. Esto, además cambia cada curso escolar.
Ni qué decir tiene que el respeto por el conocimiento y preparación necesarias para impartir las distintas áreas nos debe llevar a comprender que
no podemos impartir una enseñanza de calidad en cualquier materia, sino tan solo en las que tenemos una preparación, tanto por nuestros estudios previos como por el acceso al cuerpo de Profesores de E. Secundaria, como viene sucediendo con cualquier el profesorado perteneciente a las demás especialidades.
Por otro lado, hemos de recordar que no pertenecemos a un Departamento Didáctico, por lo que el objetivo de nuestro trabajo no debiera estar asimilado a función docente. Sin embargo,
consideramos que el hecho de impartir clases tiene efectos positivos en el centro y en nuestra función, tales como el participar de las mismas condiciones que el resto del profesorado, conocer in situ a los grupos, etc.
También se ha constatado a lo largo de estos años, y así lo expresan la mayoría de Directores, que
nuestras funciones son muy necesarias e importantes y el tiempo de dedicación a esas tareas específicas siempre es insuficiente.
Por todo lo expuesto solicitamos que sean tenidos en cuenta, para próximas regulaciones, los siguientes aspectos:
1. Consideración de las intervenciones sistemáticas que se hacen con grupos de alumnos con problemas de conducta, problemas de aprendizaje, etc. como horas lectivas.
2. Definición clara de las materias afines a nuestra especialidad, teniendo en cuenta la formación requerida para acceder al Cuerpo y Especialidad.
3. Reducción del número de horas lectivas actual. Sería adecuado que quedara entre 4 y 6 horas semanales para poder dedicar más tiempo a otras demandas que surgen en el centro y son específicas del Orientador.
Yo estoy totalmente de acuerdo en este planteamiento. A ver si sirve de algo.
Documento para descargar:
horas_lectivas_orientadores1.doc
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